UNA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL DESCENTRALIZADA
MIRIAM HENRÍQUEZ VIÑAS,
PROFESORA DE DERECHO CONSTITUCIONAL.-
Los problemas que se leen en varias de las columnas de este diario en gran medida reflejan que, sin perjuicio de las reiteradas y sucesivas reformas a la actual Constitución y sus leyes complementarias, el Estado chileno sigue siendo fuertemente centralizado. El cambio constitucional emprendido es una oportunidad para transformar nuestro Estado en uno más justo e igualitario desde una perspectiva territorial.
Para graficarlo, los desastres naturales que han azotado a la región en estos últimos años han dejado en evidencia que la forma en que se organiza el Estado no es suficiente para satisfacer las necesidades vinculadas con la vivienda, la salud, la educación, la seguridad, el transporte, la conectividad, el agua, entre otras. La satisfacción de los bienes públicos y de los servicios básicos es de distinta calidad según sea el territorio donde se vive. Sin dudas ello impacta en el desarrollo económico, social y cultural de nuestra sociedad y de las personas.
Esta es la principal grieta del Estado unitario chileno, cuya centralización no solo es excesiva sino también ineficiente. Por ello es necesario atender a las demandas por una mayor descentralización. Ya no solo administrativa, sino una descentralización política que vaya acompañada de autonomía política, administrativa y fiscal. Estos cambios, junto a otros vinculados al régimen político y a los derechos fundamentales, permitirán alcanzar un verdadero Estado social y democrático de Derecho, que genere un desarrollo equitativo entre las regiones y las comunas del país.
El proceso constituyente en marcha abre una oportunidad inédita de reparar esta falla, no solo para establecer una nueva forma de Estado, sino también para no incurrir en el error de definir una nueva Constitución de espaldas a la ciudadanía y desconociendo las particularidades regionales y locales. Así, uno de los desafíos de la Convención Constitucional será también dar respuesta a las siguientes cuestiones: ¿Cómo acercar el proceso y la discusión constituyente a la ciudadanía? ¿Cómo mantener un involucramiento efectivo, permanente e incidente de la ciudadanía?.
El reglamento que definirá el funcionamiento de la Convención debiera orientarse a asegurar una alta participación en el proceso, que ésta sea plural e inclusiva de todos los sectores de la sociedad, que permita la retroalimentación desde la sociedad a la Convención y de ésta a la sociedad. El mismo reglamento debiera establecer un funcionamiento descentralizado. Por ejemplo, la Convención podría funcionar en varias sedes, las comisiones temáticas ser itinerantes y las audiencias públicas podrían desarrollarse en los diversos territorios del país. Solo así podrá constituirse un nuevo pacto político y social más sostenible, equitativo e igualitario.
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