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Multigremial de Atacama valora decisión de Hacienda de postergar elección de régimen tributario para el 30 de septiembre

*El anuncio, que fue bien recibido en el mundo gremial, se materializó luego de semanas de gestiones entre los equipos de Hacienda y la Multigremial Nacional, beneficiando a miles de micro, pequeñas y medianas empresas. 

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Hace algunas semanas, los 165 gremios de regiones de la Multigremial Nacional, junto a Conapyme y Asech, solicitaron al Ministro de Hacienda, Ignacio Briones, prorrogar el plazo de las Mipymes para escoger su régimen tributario.
Tras diversas gestiones, la Cartera de Hacienda realizó el anuncio, extendiendo del 31 de julio al 30 de septiembre el período para realizar dicho trámite, permitiendo así que las Mipymes se informen de mejor forma sobre los regímenes tributarios y sus opciones particulares.

“Esta medida beneficiará a miles de emprendedores que necesitan más tiempo para informarse sobre la materia. Con dos meses más de plazo, los pequeños comercios podrán estudiarlo con más calma y junto a sus contadores escoger el régimen que más se ajuste a sus realidades”, destacó el presidente de la Multigremial de Atacama, Daniel Llorente.

El líder gremial también valoró las instancias de diálogo generadas por el Ministerio de Hacienda. “Agradecemos la disposición del ministro Ignacio Briones para llegar a este acuerdo. Creemos que en Chile se pueden hacer las cosas bien y ayudar a quienes más lo necesitan a través el diálogo franco y transparente con las autoridades”, resaltó.


RÉGIMEN TRIBUTARIO

Hasta el 30 de septiembre, las pequeñas y medianas empresas podrán elegir su régimen tributario. Las opciones son: A) sistema de tributación de los propietarios en base a retiros o distribuciones, y tasa reducida de 25% de impuesto a la renta; B) régimen de transparencia tributaria, en el cual la empresa no paga impuesto a la renta, gravándose el propietario con su impuesto personal por las rentas de la empresa. Las Pymes que cumplan los requisitos, de forma automática se incorporarán al primer régimen descrito, pero pueden optar por cambiarse al régimen de transparencia tributaria.

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