Modifican reglamento de seguridad para agilizar trámites a pequeña minería
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Con el objetivo de agilizar y adecuar la tramitación de los permisos sectoriales a la realidad de productores y productoras de la pequeña minería, el Ministerio de Minería materializó la actualización del Reglamento de Seguridad Minera.
La modificación que, entre otras medidas, flexibiliza las cargas administrativas y disminuye los tiempos de trámites para el inicio de actividades de pequeñas y pequeños productores mineros, corresponde al primer decreto de 2024 del ministerio de Minería firmado por el Presidente Gabriel Boric para ser enviado a Contraloría, donde debe cumplir con la toma de razón, previo a su entrada en vigencia.
De esta manera, con su actualización el reglamento aportará beneficios operativos al sector como reducción de costos, dinamismo en la producción y medidas de cierre acordes a la actividad minera de menor escala.
Uno de los puntos recogidos desde la inquietud de los propios pequeños mineros es que con el ajuste, ya no estarían obligados a entregar estadísticas de producción. En su lugar, serán los poderes de compra quienes asumirán la responsabilidad de proporcionar esta información a Sernageomin. Además, se cambia la frecuencia de entrega de estadísticas de accidentabilidad de una base mensual a trimestral y se propone simplificar los libros requeridos en la faena minera, manteniendo la importancia de los registros para la debida implementación de la Declaración Minera o Proyecto Minero y su fiscalización.
Tras una serie de acuerdos y trabajo conjunto con el sector, que involucró a equipos del ministerio de Minería y Sernageomin, se logró abordar la modernización de varios artículos de capítulos del reglamento, asociados a normas de seguridad minera, permisos e iniciación de actividades mineras de la pequeña minería.
La iniciativa contempla también medidas de apoyo y cooperativismo entre productores y productoras de la pequeña minería. Se podrán otorgar dos o más permisos de explotación de diferentes productores, en una misma pertenencia o en pertenencias colindantes, en la medida en que sean compatibles desde el punto de vista de la seguridad minera y se encuentren debidamente amparados en un título o contrato sobre la concesión.
Finalmente, en caso de abandono de faena, esta podrá ser objeto de un nuevo proyecto minero que se hará cargo de los riesgos operacionales de la faena, de las obligaciones de seguridad y de las medidas correctivas pendientes que hayan sido dispuestas por Sernageomin.
Este y otros trámites vinculados a la actividad de la pequeña minería, podrán realizarse mediante la nueva plataforma digital «Ventanilla Minera», ya disponible desde los sitios web del ministerio, Sernageomin y ENAMI. También, desde el siguiente link: https://ventanillaminera.minmineria.cl