Hugo Pastén: Corte Suprema condena a presidio perpetuo por dos delitos de homicidio
La Corte Suprema acogió parcialmente el recurso de nulidad impetrado por la defensa y condenó a Hugo Paolo Pastén Espinoza a la pena de presidio perpetuo calificado, en calidad de autor de dos delitos consumados de homicidio calificado, cometidos en Copiapó en enero y febrero de 2019; y mantuvo la sentencia impugnada en la parte que condenó a Pastén a presidio perpetuo calificado por sustracción de menor de edad y 20 años de reclusión, por incendio.
En fallo dividido (causa rol 67.066-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministro Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Cristina Gajardo– estableció error sustancial al aplicar penas de presidio perpetuo calificado por cada homicidio, por lo que, aplicando el artículo 351 del Código Procesal Penal, impuso una sola pena por ambos delitos.
Por tanto, se resuelve en la sentencia de reemplazo que:
- Se condena al acusado HUGO PAOLO PASTÉN ESPINOZA, ya individualizado, a la pena de presidio perpetuo calificado y las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida de los penados y la de sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximum que establece el Código Penal, como autor de los delitos reiterados de homicidio calificado en las personas de Sussy Montalván, cuyo nombre legal era Horacio Segundo Lanchipa Silva, y Marina Cabrera Almendras, descrito y penado en el artículo 391 N° 1, circunstancia primera, del Código punitivo, en grado de consumados ocurrido el primero entre los días 16 y 17 de enero de 2019 y el segundo entre el 5 y 6 de febrero de 2019”.
Decisión acordada con los votos en contra de los ministros Dahm y Llanos, “quienes fueron de opinión de acoger el recurso de nulidad por la causal contemplada en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, al haberse infringido el artículo 12 N° 21 del Código Penal”.