Fiscal Regional: “Propuestas de la Convención burocratizan y debilitan la persecución penal”
Los Fiscales Regionales del país dieron a conocer su opinión a través de un documento enviado al pleno de la Convención Constituyente, luego de la votación realizada en la Comisión de Justicia de dicho órgano, instancia en que se discutieron y aprobaron modificaciones al trabajo y organización interna del Ministerio Público, en donde se observan serios reparos a las propuestas generadas.
En este sentido, los Fiscales Regionales indicaron que la creación de un consejo superior como ente que lidere la institución no garantiza la despolitización de la dirección de la Fiscalía de Chile, esto, porque su composición podría atraer el interés del poder político al ser nombrados 3 de sus 7 miembros por el futuro congreso plurinacional, cuyas decisiones se encuentra marcadas siempre por un tinte político. Mientras que la autonomía que se plantea de los fiscales adjuntos atenta contra la igualdad ante la ley de los ciudadanos, puesto que, si deja de existir el control jerárquico en la persecución penal, surgirán un sinnúmero de políticas de persecución penal que variarán de norte a sur, según el criterio y mirada del persecutor a cargo de la investigación.
Por otra parte, dado que una de las principales críticas ha sido el rol del Fiscal Nacional, en cuanto a la existencia de un excesivo personalismo en el proceso de toma de decisiones relevantes para la institución, parece más adecuado proponer que la política de persecución de los delitos y los criterios de actuación, sean decisiones que deban ser tomadas por el Consejo General de Fiscales Regionales, entregándole voz y voto a sus integrantes, de modo que no se trate de un órgano meramente consultivo como ocurre en la actualidad.
En relación a los nombramientos de fiscales y funcionarios, se indicó que las normas propuestas por la comisión conllevarían un deterioro de la participación de las regiones en la toma de diversas decisiones al interior de la Fiscalía, pues refuerzan una mirada centralista en un Consejo Superior, estableciendo órganos novedosos en su estructura cuyos miembros y domicilio se encontrarán en la Región Metropolitana y que, en consecuencia, sus conocimientos sobre las realidades y la prácticas locales de cada región, serán insuficientes.
“Tanto es así que los diversos nombramientos de fiscales regionales, fiscales adjuntos y funcionarios y funcionarias del Ministerio Público serán realizados por
este Consejo en Santiago. De este modo, las decisiones que se adopten en la sede central tendrán incidencia en cada una de las regiones del país, sin tener en consideración las realidades locales. Actualmente, la gran mayoría de dichas resoluciones son tomadas en las propias regiones o, al menos, cuentan con participación de actores de la propia región, de acuerdo a criterios e identidades locales”, señaló la carta. Agregando que lo descrito resulta contradictorio con las motivaciones que impulsan estas iniciativas y en general el proceso constituyente, que tiene un espíritu descentralizador.
AUTONOMÍA FUNCIONAL
En la carta enviada a la Convención por los Fiscales Regionales, se mencionó un punto referido a la autonomía investigativa de los fiscales adjuntos, situación que pondría en riesgo la igualdad ante la ley de las personas. “En la práctica esto podría traducirse en la adopción de criterios disimiles en la toma de decisiones por cada fiscal en el país, respecto del mismo tipo de delitos o situaciones similares que se den en la práctica, lo que llevaría al absurdo de que el propio superior jerárquico, el Fiscal Regional que por ley detenta la acción penal pública en su territorio, pierda el control de las decisiones de sus propios fiscales adjuntos, quienes podrían, por ejemplo, decidir no investigar ciertas causas, alargar indefinidamente las investigaciones o bien, decidir desestimar determinados delitos sin mayor fundamentación”. Escenario que, además, perjudicaría y pondría en riesgo tanto imputados como a víctimas, y desorientaría la acción de las policías. Frente a un caso de similares características, no es justo ni razonable para una víctima, para un imputado ni para la sociedad, que se adopten decisiones diferentes dependiendo sólo del fiscal adjunto a cargo de la investigación, y sin posibilidad de control del superior jerárquico.
Además, el documento manifiesta que la propuesta de reducir la duración del cargo de los fiscales regionales, en la práctica, haría coincidir ese periodo con el asignado a los mandatos presidenciales o la elección de parlamentarios, lo que podría atentar naturalmente contra la independencia y autonomía del Ministerio Público, por cuanto se da una gran injerencia del poder político de turno en la definición de las autoridades de la Fiscalía, al ser coincidentes sus ciclos de ejercicio. Esto refuerza el riesgo de eventuales influencias externas, disminuyendo la confianza en la independencia de los nombramientos de las autoridades que dirigirán un organismo cuya principal característica es la autonomía.
“La regulación propuesta para otros organismos igualmente autónomos por la misma Comisión de Sistemas de Justicia, como el Banco Central y la Contraloría General de la República, contempla periodos de duración de las autoridades de dichas instituciones, de un mínimo de 7 años; y no se advierte motivación suficiente para una regulación diferente en el caso de la Fiscalía”, señala el documento.
Para finalizar, los Fiscales Regionales de todo el país concordaron en mencionar que si existe un diagnóstico respecto a la organización y funcionamiento del Ministerio Público, las propuestas que se efectúen deben orientarse a dar solución a dicho diagnóstico sin necesidad realizar reformas estructurales que vayan más allá de lo pretendido, toda vez que los riesgos asociados a dichos cambios pueden llegar a ser mucho más perjudiciales que la solución que se pretende implementar. Lo anterior, debe ser complementado con un procedimiento de rendición de cuentas de la gestión ante la ciudadanía, un servicio profesional de carrera adecuado y la creación de órganos de control interno independientes (como una Fiscalía especializada de asuntos internos) e instancias adecuadas que investiguen y sancionen las faltas o delitos cometidos por los funcionarios de la institución.
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