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Director del Hospital Regional de Copiapó: Graves faltas a la probidad y ética serían causales de salida de CDT del Hospital del Presidente del Colegio Médico Regional

*Realización de práctica privada en horario funcionario, uso sin autorización de tiempo asistencial en labores gremiales y declaraciones en dependencias del propio Hospital con datos no verídicos de camas disponibles, habrían gatillado salida del cargo en Centro de Diagnóstico Terapeútico (CDT) y su  posterior asignación a la atención de pacientes. Además, existiría incumplimiento por parte del médico de la Ley 19.664 del Ministerio de Salud respecto al Programa Asistencial Obligatorio (PAO).

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Consultado el Director del Hospital Regional de Copiapó, doctor Mario Sotomayor Carrillo, por la situación del Presidente Regional del Colegio Médico, Dr. Carlo Pezo Correa, reasignado del cargo de Subdirector del CDT a labores de su especialidad Dermatología, la autoridad sanitaria hizo llegar a la redacción de Diario Chañarcillo la siguiente información:

“En relación a las numerosas publicaciones y comentarios emitidos durante los últimos días, que hacen referencia a la salida del Dr. Carlo Pezo Correa del cargo de Subdirector del Centro de Diagnóstico Terapeútico (CDT), se indica lo siguiente:

  1. La Subdirección del CDT es un cargo designado, sin concurso público, por ende una asignación de funciones transitoria, no permanente y dependiente del Director del Hospital, responsable de los ajustes necesarios en sus equipos para dar un mejor servicio a los pacientes. En ese contexto el Dr. Carlo Pezo Correa no ha sido destituido del Hospital Regional de Copiapó, sólo se ha dado término a una función específica, y retorna al trabajo asistencial de origen como Dermatólogo con jornada completa;
  2. El contrato del Dr. Carlos Pezo Correa, posterior a su formación de especialidad, contempla el cumplimiento de 6 años de PAO (Programa Asistencial Obligatorio, Ley 19.664, Artículos 11 y 12 y Decreto 507 del Ministerio de Salud), desde el año 2015 a la fecha. En este caso, el profesional debió prestar sus servicios como especialista dermatólogo durante este tiempo con 44 horas semanales (8 a 17 horas), por lo que las funciones administrativas del CDT realizadas por el profesional, no son computables como tiempo efectivo de devolución del mencionado Programa. En consecuencia, se instruyó al equipo jurídico para una presentación a Contraloría.
  3. El cargo de Presidente del Colegio Médico Regional que ostenta el Dr. Carlo Pezo Correa, no fue electo por votación de las bases y no cuenta con fuero en el Hospital Regional, por lo tanto, el tiempo dedicado a su labor gremial como representante del Colegio Médico debe ser fuera del horario funcionario.
  4. Existe de parte del Dr. Carlo Pezo Correa, eventual incompatibilidad horaria de su actividad privada con sus labores como funcionario público. En este aspecto, la probidad administrativa es un elemento sustantivo en todo funcionario público, más allá de la profesión o cargos.
  5. El profesional dejó de contar con la confianza de la Dirección del Hospital, dadas sus conductas reiteradas en contra de la salud pública, en particular denostando y agraviando al propio Hospital Regional, al mencionar que no contaba con camas disponibles para hospitalización, cuestión totalmente falsa, y sugiriendo que el pasado lunes podría haber colapsado la red asistencial, comentario desproporcionado y falto de realidad, generando alarma pública innecesaria y dañando la confianza de los pacientes y población en general, demostrando desconocimiento de las numerosas estrategias implementadas para siempre disponer de camas críticas al servicio de la población.
  6. Con orgullo puedo decir que todo el personal del Hospital Regional ha construido una gran gestión, el que con un compromiso destacable ha enfrentado la pandemia por coronavirus. El esfuerzo diario que hace cada funcionario, incluso a costa de su salud y la de sus familias, ha sido noble y dedicado y, en ese contexto, expresar el mayor respeto y consideración por los gremios de la salud en general, donde sus integrantes ejercen por el bien de la profesión y de los pacientes”.

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