DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (DESC) EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN
POR CARLOS MONTALVA,
ABOGADO Y CANDIDATO A LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL.-
Entre las varias discusiones y debates para la nueva Constitución, un tema de relevancia es la incorporación de nuevos derechos, las que en su mayoría se agrupan en los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), que son de la gama de tercera generación y que implican deberes de acción de parte del Estado, garantizando un derecho de prestación que tienen los ciudadanos en relación al acceso a potestades como la educación, pensión, vivienda y salud, entre otros.
Nuestra tradición constitucional señala que a medida que se crean nuevas Constituciones, los catálogos de derechos aumentan y, en el nuevo proceso constituyente, es muy probable que se genere la incorporación de nuevos derechos que no están contempladas en la actual Carta Magna.
Es claro que un fin perseguido con posterioridad al plebiscito es lograr que la nueva Carta Fundamental sume más DESC para garantizar condiciones de vida adecuadas que permitan el desarrollo integral de cada ciudadano en nuestra sociedad, pero es preciso señalar que no porque se constitucionalicen los DESC, necesariamente haya respuesta o derechamente exista plena satisfacción en los términos que se establecerían en la nueva Constitución.
Las acciones del Estado, en general, tienden a buscar la satisfacción de derechos, pero es claro que su ejecución y eficiencia en la forma en cómo se pueden iniciar acciones para lograr dicho fin no siempre se ajustan a los resultados esperados, debido a la no aplicación de políticas públicas adecuadas que vayan acompañadas con una gestión eficaz de los recursos.
Los DESC implican un deber positivo de las entidades obligadas que claramente son los organismos que componen el Estado y, en dicha materia, los principios de eficiencia y eficacia tienen una clara opción de ser una orientación constitucional a las formulas con que el Estado garantice la satisfacción de los nuevos derechos que pudieran ser incorporados.
La pandemia y el funcionamiento de algunas instituciones en nuestro país ha revelado que, ante una crisis, la vulnerabilidad y precariedad de la incipiente “clase media” pasa a ser un tema de vital relevancia, donde aumenta la brecha educacional, por ejemplo, ante la falta de conexión a Internet; el abandono de muchos adultos mayores que no tienen los medios para combatir las urgencias económicas por sus bajas pensiones; la vulnerabilidad de las familias ante el desempleo de alguno de sus miembros, o la precariedad del acceso al sistema de Salud y como resultado de ello la falta de atención de salud, entre otros casos que nutren más de una columna de opinión.
En la nueva Constitución se generará un debate intenso sobre qué derechos económicos, sociales y culturales deben ser incorporados, pero ante dicha situación es deber también informar a la ciudadanía que se hace necesario -para la incorporación de los DESC- reconocer modificaciones a la forma en que funciona el Estado y los pertinentes servicios públicos para la promoción de éstos.
Es vital darle coherencia al cumplimiento a la satisfacción de los posibles nuevos derechos Económicos Sociales y Culturales, de lo contrario nos encontraremos, una vez más, con un catálogo extensivo de derechos, sin aplicación práctica por falta de entrega oportuna, eficiente y eficaz de las acciones y recursos estatales.