Corte de Apelaciones confirma la prisión preventiva de funcionario de Tierra Amarilla
El trabajador municipal imputado por cohecho y fraude al fisco había imputado la medida cautelar que le otorgaron la semana pasada por su presunta vinculación en los hechos por los cuales también fue aprehendido el alcalde suplente, Mario Morales Carrasco.
(Por Frenny Kelly Granado). La Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó este miércoles la resolución que decretó la medida cautelar de prisión preventiva contra uno de los funcionarios de la Municipalidad de Tierra Amarilla, imputado por autor de los delitos de cohecho y fraude al fisco. Ilícitos que habría perpetrado entre 2018 y 2020, en dicha comuna.
En tanto, la Primera Sala del tribunal de alzada resolvió acoger -en fallo unánime- el recurso de apelación presentado por la defensa del contratista J.A.M.F., coimputado en la indagatoria como responsable de los delitos de soborno y fraude al fisco, mutando la prisión preventiva por las medidas cautelares de arresto domiciliario total, arraigo nacional y la prohibición de comunicarse con los demás imputados y testigos.
Con base en los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, los magistrados tomaron en consideración que, el imputado J.A.M.F., no tiene anotaciones penales pretéritas, para imponer otros cautelares personales de menor intensidad, ya que estas causas le resultaron resultan suficientes; además de su edad: 62 años y las diferentes enfermedades que le aquejan, lo que significaría un riesgo a su salud ante la emergencia sanitaria que afecta al país.
El fallo razona que ni “el Ministerio Público, ni la querellante formularon cuestionamiento”, ya que determinaron que entra en el grupo de riesgo al tenor de lo informado por las autoridades, y, en consecuencia, se dispuso “la Convención Interamericana sobre la Protección de los derechos humanos de las personas mayores, en su artículo 13°.
Dicho artículo establece que “los Estados Parte (…) promoverán medidas alternativas respecto a la privación de libertad, de acuerdo con sus ordenamientos jurídicos internos”, argumentos que valieron para optar por otra cautelar, igualmente idónea para satisfacer los fines del procedimiento.
En ese sentido revocó la resolución apelada, dictada en audiencia de 31 de julio último, por el juez de Garantía de Copiapó, Ubaldo Basoa Oviedo, sobre el decreto de prisión, decidiéndose en su lugar, cumpla con una privación total de libertad en su domicilio, arraigo nacional y prohibición de comunicarse con los coimputados y testigos.
Con respecto del imputado N.J.V.V. la Corte compartió los argumentos contenidos en la resolución impugnada por el Ministerio Público y, por ello, resolvió confirmó la indicada resolución, que decreta su prisión preventiva por resultar su libertad peligrosa para la seguridad de la sociedad”.
Foto: Archivo
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