Corte de Apelaciones admite recurso de protección por tala de árboles en proyecto mejoramiento del parque El Pretil
La Corte de Apelaciones de Copiapó dictó orden de no innovar y dispuso la inmediata suspensión de la ejecución del proyecto de “Mejoramiento Parque El Pretil, I Etapa”, por tala de ejemplares arbóreos del recinto.
Es así que en fallo unánime (causa rol 255-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Aída Osses, Pablo Krumm y la abogada (i) Verónica Álvarez– acogió a trámite el recurso de protección y dictó la orden para constatar si existe la autorización para el corte de los ejemplares y si el proyecto debía someterse a evaluación ambiental.
EL FALLO:
En el fallo, el tribunal de alzada ordenó a la dirección regional de la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que informen si la Municipalidad de Copiapó o la empresa Ute Krade SpA solicitaron, previo a la ejecución del proyecto de mejoramiento, autorización de tala y/o manejo del recurso arbóreo y vegetal en el parque.
En los informes se debe detallar el estado de las especies arbóreas que fueron taladas en el Parque el Pretil, “en cuanto a su especie y condición previa, así como la eventual de necesidad de tala de ellas. Por último, se indique si las especies arbóreas pimiento atacameño, Schinus molle, y Jacarandá, Jacaranda mimosifolia cuentan con protección legal o administrativa y en qué consiste dicha protección”.
Además, la resolución ordena a la dirección regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) informe si la Municipalidad de Copiapó y la empresa sometieron el proyecto de mejoramiento del Parque El Pretil al sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA), o de consulta de pertinencia de ingreso al SEIA; asimismo, pide al SEA que indique si atendidas sus características, era obligatorio el ingreso del proyecto al SEIA.
paraliza el proyecto del Pretil hasta evacuar los informes solicitados a los estamentos respectivos.
ALCALDE
Ante la determinación del Tribunal, el Alcalde de Copiapó, Marcos López Rivera dijo que la entidad edilicia acata, indicando que la paralización del proyecto significa desempleo.
“Los recursos judiciales de esa naturaleza son normales y muy habituales en la actualidad y que tienen por objeto que una institución superior como es la Corte de Apelaciones resuelva un diferendo en donde una persona pueda sentir que se han vulnerado los derechos de él o de otras personas”, señaló.
El jefe comunal acotó que “en cuanto a la orden de no innovar, también es una herramienta bastante común que se utiliza en estas situaciones; y por lo tanto, nosotros como Municipalidad vamos a acatar esta decisión de la Ilustre Corte de Apelaciones. Tenemos un plazo de 10 días para informar, lo que nos parece correcto”.
Enfatizó el Alcalde que “lo único que nos preocupa en realidad es que este recurso que ha presentado el señor Corrales y que en él ha solicitado la orden de no innovar, es implica que va a quedar una cantidad importante de trabajadores sin empleo. Es un tema que nos aflige, pero el resto nos tiene tranquilos, porque es un procedimiento normal. Repito que este recurso que fue presentado por el señor Corrales en realidad deja a un número muy importante de gente sin empleo”.
ABOGADO:
En tanto que el abogado patrocinante del recurso, Manuel Corrales González manifestó su satisfacción por la determinación de la Corte de Apelaciones de Copiapó.
“Contento, por la admisibilidad del recurso de protección, y también con conseguir la orden de no innovar en donde paraliza los trabajos en esta obra de El Pretil, y que nos ayuda a que la Corte pueda investigar bien y pueda tener los informes necesarios para saber si se estaban realizando bien las cosas; principalmente con el cuidado de los árboles; porque no podemos permitirnos que esto siga ocurriendo y después se declare que a lo mejor, puede ser, después de los informes, que no estaba apegado a los reglamentos jurídicos. Los árboles ya están cortados y lamentablemente no se puede hacer mucho”, indicó.
Además señaló el abogado que “ahora son diez días, una vez notificado el recurso, en donde los organismos técnicos, tanto como el SEIA, SAG, CONAF, la Municipalidad y la empresa que está realizando los trabajos tienen que entregar los informes, en donde después la Corte resolverá si está de acuerdo al ordenamiento jurídico o no. Después de estos diez días vendrán los alegatos y se podrá también esgrimir lo que nosotros estamos auspiciando en que hay otras formas de poder realizar estos trabajos”.
Corrales González, ahondando en su opinión destacó que “recalcar que hay un informe o un estudio que había mandado hacer la Municipalidad donde se señalaba cómo estaban o cuántos árboles iban a ser talados. Esto fue en el año 2017 y había algunos árboles que estaban en buenas condiciones, que no estaban ni huecos ni viejos, ni secos que iban a ser talados por un tema estructural, que ahí se iba a instalar alguna estructura arquitectónica, que está dentro del proyecto. Entonces no se entiende lo que decía el Alcalde Marcos López de que no se iban a talar más árboles, que iba a ser un proyecto donde no se iba a talar; entonces primero en una conferencia de prensa dice que se talaron 2 árboles; después una Concejala sale diciendo que fueron al lugar y que habían sido seis árboles; otro Concejal que también dice que él aprobó el proyecto pero sin haberlo leído, sino que solamente viendo la maqueta. Entonces hay mucho desorden acá, y que esto lo debe delimitar un parcial que es la Ilustre Corte de Apelaciones de Copiapó”.