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Corte de Apelaciones de Copiapó rechaza solicitud de desafuero del diputado Jaime Mulet

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó ayer –viernes 9 de diciembre– la solicitud del Ministerio Público de desaforar al diputado Jaime Francisco Mulet Martínez y no dio lugar a la formación de causa en contra del parlamentario por cohecho.

 

En fallo dividido (causa rol 411-2022, libro penal), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada  por los ministros Marcela Araya Novoa, Aída Osses Herrera y Rodrigo Cid Mora– rechazó la acción impetrada por considerar que las conductas que se atribuyen a Mulet Martínez no revisten la responsabilidad penal atribuida y que los antecedentes aportados por el ente persecutor resultaron insuficientes para privarlo del fuero que lo resguarda.

 

“(…) basta una somera lectura de los hechos que se le imputan al Diputado señor Mulet Martínez para poder advertir que no existe un desarrollo claro, concreto, específico y categórico respecto de la hipótesis de autoría que se le imputa, ya que solamente se observan expresiones absolutamente genéricas, vagas e imprecisas por medio de las cuales se le sindica como quien planificó los hechos por los cuales fue formalizado, incidiendo en forma determinante en las acciones que habría cometido el señor ex Alcalde de Tierra Amarilla, don Osvaldo Delgado Quevedo –actualmente fallecido–, pero sin explicar o justificar de modo alguno cómo se habría producido en la práctica dicha inducción, logrando doblegar la voluntad del referido edil”, establece el fallo.

 

“Que –prosigue–, a mayor abundamiento conforme a lo planteado en el basamento que antecede, lo cierto es que no existe ninguna referencia en los hechos imputados, como tampoco en los elementos de juicio que figuran en todas las carpetas investigativas acompañadas por el Ministerio Público, en los cuales se dé cuenta de conductas desplegadas por parte del Diputado señor Mulet Martínez que constituyan inducción o instigación, esto es, que haya incitado al resto de los partícipes en estos hechos en vulnerar el tenor literal del artículo 44 de la Ley 20.600”.

 

Para el tribunal de alzada copiapino: “Este punto resulta sumamente determinante en la decisión final del voto de mayoría, por cuanto en la especie es innegable que se desarrollaron diversas conductas para arribar al contrato de transacción que resulta cuestionado por el Ministerio Público, pero lo cierto es que estas se alejan de la punibilidad penal que este quiere atribuirles. Por el contrario, se evidenciaban como legales en pos de la consecución de lo que se entendió resultaba un fin legítimo, cual era, reparar el daño ambiental ocasionado en la comuna de Tierra Amarilla. Luego, que ello no se viera reflejado plenamente en el contrato de transacción respectivo, no hace nacer la responsabilidad penal que se le imputa en este caso al Diputado señor Mulet Martínez, menos cuando no existen antecedentes probatorios que puedan resultar suficientes para acreditar la participación que se le atribuye”.

 

“(…) analizados los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica, se ha podido concluir que los mismos no resultan capaces de derribar la inviolabilidad de que goza el señalado parlamentario, y considerando asimismo el principio de inocencia que ampara al Diputado señor Mulet Martínez, así como el resguardo especial de sus derechos a un debido proceso, se procederá, en definitiva, a rechazar la solicitud de formación de causa en su contra”, concluye.

 

Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA la solicitud de desafuero incoada por el Ministerio Público en estos autos, y en consecuencia, se declara que se niega lugar a la formación de causa en contra del Honorable Diputado señor Jaime Mulet Martínez respecto del delito consumado de cohecho, previsto y sancionado en el artículo 248 bis del Código Penal, en calidad de autor del artículo 15 N° 2 del mismo cuerpo legal”, concluye el fallo del Máximo tribunal de Atacama.

 

REACCIÓN DEL DIPUTADO MULET

Luego de conocido el fallo, el Diputado Jaime Mulet Declaró:

“Son cinco años de investigación, que han seguido en mi contra la Fiscalía de Atacama, son más de 6 fiscales que han participado en la investigación, que han revisado todo, incluso sobre mi familia, y no han encontrado nada, ha sido una etapa muy dolorosa, muy dura, pero yo siempre dije una cosa, y si ustedes revisan mis declaraciones, de hecho, la primera que hice cuando me enteré, por una filtración que surgió en la Radio Bío Bío, sin yo saber, dije: “yo confío en los Tribunales de Justicia de mi país”, y hoy (ayer), se ha pronunciado por primera vez, una corte, la Corte de Apelaciones de Copiapó, que en síntesis señaló, que respecto de mi persona no hay delito, no hay participación, que es lo que yo siempre he sostenido, de manera que estoy, muy contento, muy agradecido de la gente que a pesar de toda esta “campaña”, con peticiones de formalización en medio de la campaña parlamentaria, que hizo el Ministerio Público, con un claro objetivo político, estoy muy agradecido de esa gente, que me reeligió diputado, pese a todo esta campaña en mi contra, también agradecido de mi gente de Atacama, de mi defensa, que ha hecho un gran trabajo, de mi familia que me ha apoyado, y ahora contento, porque voy a poder trabajar con más ganas, con más fuerza para seguir “haciendo la pega”, y lograr objetivos, como lograr una “minería verde”, una minería limpia”.