Tras alza de tasas, Sernac «monitorea» el cumplimiento de condiciones crediticias
Por tanto, precisó que mientras la simulación de crédito es referencial, la cotización acordada con el consumidor es vinculante.
En medio del alza de las tasas de interés, el Servicio Nacional del Consumidor anunció que se encuentra «monitoreando» que las instituciones financieras cumplan las condiciones acordadas con los consumidores durante la contratación de créditos hipotecarios.
Según el comunicado del organismo, entre enero y agosto de este 2021 ha recibido más de 100 reclamos por estas operaciones, y entre ellos, 47 están asociados al incremento de tasas y cambio en las condiciones, con instituciones que aseguran que la tasa «se fijaría unilateralmente al momento de la escritura».
Sin embargo, el artículo 12 de la Ley del Consumidor aclara que toda empresa debe respetar los términos o condiciones ofrecidos al consumidor, lo que en materia financiera se traduce «en la cotización y su ‘hoja resumen’, así como en la ‘oferta de portabilidad financiera’ que deben remitir las instituciones».
En tanto, el Reglamento sobre Información al Consumidor de Créditos Hipotecarios precisa que la «simulación» de condiciones crediticias es referencial y se presenta al consultar informalmente por un crédito, mientras que la cotización debe enviarse al consumidor cuando se haya evaluado su riesgo comercial, y siempre estando precedida por una hoja resumen.
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