Economía y Minería

Más De 437.000 trabajadores tendrán que devolver el Bono Clase Media

De ellos, 400.603 son empleados del sector privado y 37.100 del Estado, quienes se adjudicaron US$256 millones de los recursos fiscales.

437.703 trabajadores dependientes tendrán que devolver los montos que recibieron del Servicio de Impuestos Internos (SII) con motivo del Aporte Fiscal para la Clase Media. Esto debido a que presentaron diferencias entre el monto que autodeclararon como sueldo tributable de julio de 2020.

Tendrán hasta el 30 de noviembre para retribuir los fondos percibidos indebidamente, sin reajustes, multas ni intereses. El reembolso se hará a través de una plataforma disponible en el sitio web de la Tesorería General de la República que estableció el SII para tal efecto. Una vez concluido este proceso, se determinarán las acciones respecto de quienes no realicen esta devolución.

Este viernes el Ministerio de Hacienda informó que, tras los procesos de verificación para determinar el correcto cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley; el SII detectó que estas personas no cumplen con el requisito legal de tener una disminución de 30 % o más en sus remuneraciones en julio, respecto del promedio de ingresos totales de 2019.

De ellos, 400.603 son trabajadores del sector privado y 37.100 funcionarios del Estado, quienes se adjudicaron US$256 millones de los recursos fiscales. El SII los contactará en los próximos días para que aporten la documentación que comprueben circunstancias eventualmente no contempladas. O, por el contrario, devuelvan el dinero.

Revisión

El SII realizó esta revisión como parte de su obligación de “verificar la procedencia del beneficio”, establecida en el artículo 13 de la Ley N°21.252. De esta forma, solicitó antecedentes que le permitieran acceder a la información correspondiente a los sueldos obtenidos por los trabajadores dependientes en julio pasado.

Por ello, requirió esta información a las Superintendencias de Pensiones y Seguridad Social, BancoEstado, Contraloría General, Tesorería y la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Así, a partir de las cotizaciones previsionales obligatorias, pudo determinar el sueldo tributable mensual y verificar si los contribuyentes tenían efectivamente la caída de al menos el 30 %.

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