Economía y Minería

Llamado especial del subsidio de arriendo beneficiará a 100 mil familias

Este martes comenzó el proceso de postulación para el subsidio de arriendo a la clase media que beneficiará a 100 mil familias del país con un aporte de hasta $250.000 por tres meses, para alquileres que no superen los $600.000. Desde el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) se aseguró que alcanzará un 70 % de cobertura.

El titular de la cartera, Felipe Ward y el subsecretario, Guillermo Rolando, ampliaron el anuncio del Presidente Sebastián Piñera respecto a las medidas que buscan proteger a los grupos familiares de la clase media de todas las regiones que tengan ingresos bajos y medios o que hayan tenido caídas en sus ingresos de 30 % o más.

Explicaron que la actualización del subsidio va a duplicar la cobertura que fue dada a conocer hace algunos días por el Presidente, ya que “originalmente se pensaba en 50 mil familias”, pero ahora el programa “va a abarcar hasta 100 mil; es decir, el doble” con un costo total de inversión superior a 93 millones de dólares.

El llamado especial estará abierto desde el 14 julio al 24 de agosto, con tres cierres parciales y es 100 % digital; una vez que termine, iniciará el proceso de selección de los beneficiados para la entrega del subsidio que se realizará al mes siguiente; es decir, los seleccionados del mes de julio recibirán el beneficio al décimo día hábil del mes de agosto.

El pago se realizará vía trasferencia directa del Minvu a la cuenta del arrendador registrada al momento de la postulación, la cual se realiza a través de www.minvu.cl o mediante asistencia telefónica a través del Minvu Aló (fijos) 600 901 11 11 y (celulares) 2 2 901 11 11.

Los aspirantes deben estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH), demostrar pérdida de empleo o baja de más del 30% de ingresos, no ser propietario de una vivienda (ni el postulante o algún integrante del núcleo familiar), estar arrendando una vivienda actualmente.

Asimismo, debe presentar la acreditación de cesantía o baja de más del 30 % en los montos de ingresos, contrato de arrendamiento actual, declaración jurada firmada por el arrendador donde manifiesta que es dueño de la vivienda y que ésta no se encuentra sujeta a embargo y recepción municipal acreditada.

Foto: Referencial

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