Policial

“Celestinas”: responsables de la explotación sexual infantil

PDI rastrea a intermediarios que facilitan la comisión de hechos delictivos relacionados con violaciones a menores de 14 años.

(Por Frenny Kelly Granado). El desconocimiento de la ley no te exime de la culpa. Este es un principio jurídico que se aplica aquí en Chile, y en todos los demás países basados en la tradición del derecho romano, así que, si eres de esas personas que incita a las mujeres, principalmente adolescentes, a intimar sexualmente con hombres a cambio de una remuneración económica, deberás saber que cometes un delito, y que la justicia será implacable si te atrapa.
Si bien, el Código Penal de este país no tipifica esta acción como explotación sexual infantil, sí la sanciona en su artículo 367 cuando señala que “el que promoviere o facilitare la prostitución de menores de edad para satisfacer los deseos de otro, sufrirá la pena de presidio menor en su grado máximo”.
El estatuto también aclara que “si concurriere habitualidad, abuso de autoridad o de confianza o engaño, se impondrán las penas de presidio mayor en cualquiera de sus grados y multa de treinta y una a treinta y cinco unidades tributarias mensuales”.
Es decir, en términos simples: servir de “celestina” para que un hombre mayor lleve a la cama a una jovencita, no solo es una aberración moral, sino que además representa un grave delito que podría pagarse con cárcel.

El comisario Guillermo Namor, jefe de la Brigada de Delitos Sexuales de la Policía de Investigaciones (PDI) describe el modus operandi que, en los últimos meses, ha ganado terreno en las acciones delictivas pesquisadas en la comuna de Copiapó. Dice que quien asecha no es precisamente el individuo que ejecuta el acto carnal, sino, más bien, la persona que lo ayuda a “cazar” a la víctima.
Estos son los intermediarios, aquellos que valiéndose de la confianza que tienen con la adolescente, la persuaden hasta lograr que ella normalice la seducción y crea que lo que le hacen, la beneficia, cuando en realidad va en detrimento de su integridad física, moral, sexual y psicológica.
“Por lo general son personas que conocen a las niñas desde hace mucho tiempo y, por tanto, tienen su confianza; de alguna manera vinculan a la víctima con el entorno del individuo que desea acostarse con ella, y después que la jovencita se siente cómoda, comienza a hacerle atractivo el intercambio de sexo por dinero”, comentó el experto.
La gravedad de este crimen que, en la mayoría de los países está asociado a la trata de personas, lo sitúa en una aberrante vulneración de los Derechos Humanos, de acuerdo con lo que sostiene el experto, por lo que -desde la PDI- y otras instituciones asociadas, trabajan para evitar la réplica en otros escenarios.
Los dos casos recientes de explotación sexual infantil que se esclarecieron este año en Copiapó, alertaron a las autoridades de que este delito se ha vuelto recurrente con el paso del tiempo y que, comúnmente, ocurre en hogares disfuncionales con marcadas carencias económicas y donde hay una evidente manipulación de terceros.
“Las niñas fueron contratadas para ofrecer servicios domésticos en las residencias donde más tarde las violaron. En los dos casos quienes las llevaron fueron personas de su confianza y después las convencieron de aceptar dinero, regalos y atenciones, a cambio de tener relaciones sexuales”, relató Namor.
Con el vago argumento de una relación consensuada, tanto los ejecutores como las intermediaras intentaron normalizar el hecho al justificar que en los actos carnales no hubo violencia física ni amenaza, pero la Ley es clara cuando en el artículo 362 puntualiza que “el que accediere carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona menor de catorce años, será castigado con presidio mayor en cualquiera de sus grados”.
Basándose en el 362 y el 367 del Código Penal, respectivamente, los fiscales imputan violación para el hombre que tiene relaciones sexuales con una menor de 14 y explotación sexual infantil para quien propicia el hecho; en el caso puntual de los procedimientos realizados en Copiapó, para las dos mujeres.

ENGAÑO
Sobre los crímenes que trabajó la Brigada de Delitos Sexuales este año, las “explotadoras” se valieron de ser allegadas a las familias de las víctimas para no despertar sospechas ni en ellas mismas, ni en sus padres.
En el primer caso, el que se investigó más rápido, la mujer hizo que la chica tuviera sexo con su marido y, presuntamente, en ocasiones, con los dos. En un periodo de varios meses la violaron sin violencia y, para hacerle creer que no era incorrecto, le pagaban por sus servicios.
La segunda aprehensión fue resultado de un hecho que se pesquisó durante dos años, luego que una persona involucrada con el establecimiento educacional donde estudiaba la víctima, alertó a la Fiscalía sobre el incidente.
La indagación reveló, tiempo después, que fue la tía de la víctima la que la “vendió” a dos de sus conocidos. Con la misma excusa adentró a su sobrina a la casa de los individuos para que hiciera el aseo y, unos meses después, le propuso ganar un poco más
Cuando a ella la descubrieron ya la jovencita tenía 14 años y dos, siendo víctima de los infractores. La mujer decidió colaborar con las autoridades confesando su crimen y el de ellos, así que en compensación recibió una medida privativa de libertad con arresto domiciliario.
La participación de los intermediarios es tan imprescindible para que se pueda consumar el delito de violación, que no puede pasar desapercibido por los administradores de justicia, quienes trabajan por evitar que estos hechos se acentúen en la sociedad chilena.

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