Operación Renta 2024: qué significa cobertura total y cobertura parcial y cómo saber cuál elegir
Este lunes comenzó la Operación Renta 2024, instancia en la que los contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, deberán hacer su declaración de impuestos. El trámite, que se realiza en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), comprende la posibilidad de optar por una cobertura total o una cobertura parcial. ¿Qué significa esto?
Desde el año 2019, todos los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios deben, por ley, cotizar en forma obligatoria. Así, se busca que estos puedan acceder a los mismos beneficios de seguridad social y protección que los trabajadores dependientes.
Este pago se realiza obligatoriamente en cada operación renta, a través de la declaración de impuestos. Esto, ya que cualquier pago mensual que hayas realizado voluntariamente se considera como adicional a la cotización obligatoria.
Según consigna el sitio web del SII, este pago te entrega derecho a las prestaciones de seguridad social desde el 1 de julio de 2024 y hasta junio del año siguiente. En el caso de las cotizaciones de AFP, el pago se abonará a tu cuenta individual y se asignará al año en el que fueron generadas, es decir, al 2023.
En esta instancia, al igual que años anteriores, es posible decidir si se quiere optar por una cotización con cobertura parcial o cobertura total.
La Ley N°21.133 ofrece dos opciones de cotización para trabajadores independientes:
Cobertura Total o Completa: Implica destinar toda la retención de impuestos a las cotizaciones para los regímenes de Seguridad Social. Por ejemplo, esto permite acceder a licencias médicas que se calculan sobre la renta total, manteniendo los ingresos.
Cobertura Parcial: En caso de no poder destinar el total de tu retención de impuestos al pago de cotizaciones previsionales, podrás hacerlo por una renta imponible menor. En estos casos, los montos de los subsidios por incapacidad laboral también se calcularán basándose en ese porcentaje de tu renta imponible por el cual cotizaste.
Según explicó José Miguel Sáez, abogado experto tributario de la Universidad de Chile, a ADN, “puedes elegir que esta retención pague parcialmente tus cotizaciones. En este escenario, solo se paga un porcentaje de la retención para efectos de cotizaciones, y el resto puede utilizarse para pagar impuestos o ser devuelto”.